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Para la fiscalía, el homicidio del estudiante universitario Emiliano Ávila “no fue un hecho de inseguridad”

Este miércoles comenzó el debate ante un tribunal popular en el cual se juzga el homicidio del estudiante universitario Emiliano Ávila, que tiene como imputado a Jorge Alberto Barberis.
jueves 27 de junio de 2024
Para la fiscalía, el homicidio del estudiante universitario Emiliano Ávila “no fue un hecho de inseguridad”

El juez técnico les tomó formal juramento a los jurados y leyó las instrucciones iniciales, informó el vocero de prensa del MPF. Seguidamente se escucharon los alegatos iniciales de las partes en los cuales el fiscal aseguró que “va a probar la intención del imputado de quitarle la vida a Emiliano Ávila” y que “no fue un hecho de inseguridad”. En contraposición la defensa sostuvo en su alegato inicial que “los disparos fueron para ahuyentar a esa persona” y que “la fatalidad hizo que Ávila falleciera”, postulando la figura de “homicidio culposo”. Seguidamente se escuchó la declaración de varios testigos previstos para la fecha.

El debate fue presidido por el juez técnico Miguel Caviglia; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo y Andrea Rubio, fiscales generales, junto a Facundo Oribones, procurador de fiscalía; en tanto que la defensa de Barberis fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública, asistida por Ivo Di Taranto y Luciana Risso, abogados adjuntos de la Defensa Pública. Asimismo, se encontraban presentes familiares de la víctima acompañados por una profesional del SAVD y familiares del imputado.

En su alegato inicial el fiscal aseguró que va a probar a lo largo del debate, en base a la prueba producida, el hecho acontecido el pasado 10 de febrero de 2023, siendo aproximadamente las 23:00hs., cuando Jorge Alberto Barberis, alertado por la presencia de un sujeto masculino aún no identificado en el interior del patio interno de su vivienda, sita en Alvear al 300, del barrio La Loma de esta ciudad, tomó el arma de fuego tipo carabina calibre .22 LR, se dirigió al techo de su vivienda y desde allí disparó 2 veces, con claras intenciones de darle muerte, hacia Emiliano David Ávila, quien ocasionalmente se encontraba caminando por calle Alvear traspasando la calle Maipú en dirección a calle Dorrego.

Uno de los disparos efectuados por Barberis impactó en la espalda de Ávila, a la altura del pecho, más precisamente a la altura de la tetilla izquierda con orificio de entrada y de salida, ocasionándole la muerte por shock hipovolémico producido por herida de arma de fuego en tórax, cayendo ya sin vida sobre la vereda de la vivienda sita en calle Alvear Nº487 de esta ciudad. La acción de Barberis fue una acción criminal, deliberada para quitarle la vida a Emiliano Ávila.

Barberis tenía conocimiento de la acción que emprendía ya que es militar retirado, tenía conocimiento del uso de arma de fuego, tuvo la intención de quitarle la vida a la víctima que circunstancialmente transitaba por ese lugar. Se acreditará que el fallecimiento de Ávila fue consecuencia de la acción de Barberis y que no es un hecho de inseguridad. No es un homicidio culposo, ya que no existe la posibilidad que esos dos disparos hayan sido accidentales, concluyó el fiscal.

Por su parte la defensora expresó en su alegato inicial que está complacida “que la sociedad sea la que decida”. Y que el presente “no es un caso de inseguridad, pero es un caso de fatalidad”. Esa noche del 10 de febrero su asistido se encontraba en su domicilio, en la tranquilidad de su hogar, cenando con su familia, cuando fueron sorprendidos por una persona extraña en su patio interno, provocando una situación de temor. Ve esa persona trepar en su terraza y en esa circunstancia salió Barberis con un arma buscando esa persona que había ingresado a su patio. Agregando que “esos disparos los hizo para ahuyentar a esa persona, la fatalidad hizo que Ávila falleciera”, concluyó la defensa.

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