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El Gobierno dispuso medidas preventivas diferenciadas en la provincia que rigen hasta el 26

jueves 15 de octubre de 2020
El Gobierno dispuso medidas preventivas diferenciadas en la provincia que rigen hasta el 26
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Quedaron habilitadas las actividades en gimnasios y restaurantes bajo protocolos, el resto de las medidas continúan del mismo modo que en los últimos días.

El Gobierno Provincial dictó el decreto que establece el marco normativo y regulaciones preventivas en el marco de la pandemia de Covid-19, que regirá hasta el lunes 26 de octubre.



Mientras el resto de la provincia ingresará en etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, hay distintas restricciones diferenciadas para las ciudades con más contagios: Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Sarmiento, Puerto Madryn y Puerto Pirámides.



Horarios y circulación

Se podrá circular de lunes a sábado de 7 a 21:30 horas, según la terminación par o impar del DNI. Las personas con DNI par podrán circular solo los días pares, mientras que las personas cuyos DNI terminen en número impar solo lo podrán hacer los días impares.

Quedan exceptuadas de esta restricción las personas que tengan que circular como consecuencia de la actividad que desarrollan o el servicio que prestan, por motivos de urgencia justificada o por tratarse de personal esencial o afectado a actividades permitidas.

Los vehículos, cualquiera sea su índole, solo podrán circular con dos ocupantes.
Las salidas y actividades al aire libre solo se podrán realizar de manera individual respetando los horarios de circulación y la modalidad de terminación de DNI. La única excepción es la de aquellos padres con sus hijos.

Actividades

Las actividades y servicios se podrán prestar de lunes a sábado hasta las 21, aunque quedan exceptuadas de esta limitación las farmacias, veterinarias, kioscos y estaciones de servicio y también los comercios de cercanía o supermercados que podrán también trabajar el domingo hasta las 21 horas.

Los comercios del rubro gastronómico desarrollarán su actividad de acuerdo al siguiente cronograma: Servicio de retiro en el local, lunes a domingo hasta las 21; Servicio de envío a domicilio, de lunes a jueves hasta las 23 horas; y retiro y consumo en el local de lunes a jueves hasta las 23 y viernes y sábado hasta las 0 horas, con el sistema de turno previo en el horario nocturno. Se dispone, no obstante, que los municipios “podrán disponer las limitaciones o las mayores restricciones que consideren oportunas y pertinentes a los fines de la protección de la salud de su población”.

Se prohíbe el funcionamiento de bares, cervecerías, confiterías nocturnas y clubes sociales. También están prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas, que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, grupales o que impliquen reunión de personas.

Deportes

Los gimnasios podrán desarrollar su actividad de lunes a sábado hasta las 21 horas, debiendo operar con sistema de turnos previos y no pudiendo concurrir más de 10 personas por turno, considerando cada turno de una hora de duración.

La única actividad autorizada en los gimnasios es la que se desarrolla de manera individual en máquinas, salas de musculación, equipos o cualquier otro implemento que no importe actividad grupal o de contacto.

El decreto también indica que “Podrán realizarse actividades deportivas en espacios abiertos o cerrados, a practicarse de manera individual o en duplas siempre que no se trate de una actividad de contacto o que implique posible contacto; que no se utilicen elementos de juego o los elementos a utilizar sean de uso personal o individual”.

Disposiciones comunes en toda la Provincia

En el decreto se establece que en todo el territorio provincial se mantienen las regulaciones vigentes para el ingreso a Chubut, la modalidad de retorno vigente a las personas domiciliadas en la provincia y las condiciones de cumplimiento del Aislamiento Social Obligatorio de 14 días para quienes ingresen.

También se mantienen las condiciones de circulación para el transporte de carga nacional y el transporte de carga internacional.

En la administración pública se deberá garantizar el funcionamiento de los organismos y a esos fines “los titulares de cada uno de los órganos del Estado Provincial organizará sus dependencias, convocando a prestar servicios a los agentes necesarios a tal fin”.

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