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Casación podrá resolver planteos de nulidad sobre declaraciones de arrepentidos

jueves 08 de octubre de 2020
Casación podrá resolver planteos de nulidad sobre declaraciones de arrepentidos
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Los presentaron algunos de los acusados en la causa que tuvo a Carlos Stornelli de fiscal y Claudio Bonadio de juez. Es porque no hay registros fílmicos de las declaraciones de los arrepentidos, como lo exige la ley.






La Cámara Federal de Casación Penal quedó en condiciones de resolver sobre los distintos planteos de nulidad formulados en el marco de la causa de las fotocopias tras confirmar que no hay en el expediente registros fílmicos de los acuerdos celebrados entre los fiscales del caso y los imputados arrepentidos.


Los jueces de la Sala I del máximo tribunal penal recibieron el martes la respuesta de la fiscalía de juicio, a cargo de Fabiana León, en la que se informó que los acuerdos de colaboración están plasmados en “legajos impresos y también digitalizados", y que se hallan "disponibles para su compulsa y evaluación, al igual que el resto de la documentación”.


La consulta se originó a partir de planteos de las defensas de los acusados, entre ellas la del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y del ex funcionario de esa cartera Hernán Gómez, contra la forma en la que se celebraron los acuerdos de colaboración e incluso contra la aplicación de la ley del arrepentido en la causa de las fotocopias.


Los acuerdos fueron celebrados principalmente por el fiscal Carlos Stornelli y homologados luego por el juez Claudio Bonadio y luego confirmados por la Cámara Federal porteña, pero las defensas de varios de los imputados insistieron con sus planteos ante Casación que semanas atrás celebró una audiencia para intentar zanjarlos.


En aquella audiencia, los planteos apuntaron contra la aplicación de la ley del arrepentido para delitos cometidos supuestamente antes de que la norma se extendiera en 2016 a casos de supuesta corrupción, pero también al hecho de que los acuerdos no fueron grabados por lo que no habrían sido celebrados bajo las exigencias que establece la ley.


La ley del arrepentido establece en su artículo 7 (de requisitos formales) que “el acuerdo de colaboración se celebrará por escrito”, pero en el artículo anterior aclara que “las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”.


Para los imputados, y para la mayoría de los fiscales que aplicaron esa ley en los tribunales federales de Comodoro Py, “cualquier medio técnico idóneo” significa cualquier registro audiovisual que permita observar luego que el imputado hubiera declarado libremente, por su propia voluntad, a sabiendas de lo que significaba el acuerdo y sin haber sido presionado para ello.


Tras aquella audiencia de Casación, el tribunal solicitó al juzgado de instrucción que llevó la causa por los cuadernos del remisero Oscar Centeno el envío "con carácter de urgente" de "soporte fílmico, digital u otro medio técnico en el cual se hayan registrado”.


La primera respuesta llegó de manos del juez Marcelo Martínez de Giorgi (quien reemplazó a Bonadio tras su muerte) que sostuvo que no estaban tales registros en sus manos y al mismo tiempo remitió la consulta al fiscal Stornelli, quien respondió que todos los acuerdos habían sido remitidos a la fiscalía de juicio que intervendrá en el debate oral y público que encabezará el Tribunal Oral federal 7.


Ayer, la fiscal León le remitió a Casación las actas de 24 acuerdos de colaboración que firmaron acusados para convertirse en arrepentidos en el marco de la causa que tiene como principal imputada a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, y ahora los jueces de ese tribunal (Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña) deberán resolver sobre los planteos de nulidad.






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