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El policía Ángel Hernández irá a juicio oral por el homicidio de Brian Gómez

sábado 29 de agosto de 2020
El policía Ángel Hernández irá a juicio oral por el homicidio de Brian Gómez
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Bajo un estricto control sanitario se concretó la mañana del presente viernes la audiencia preliminar por el homicidio de Brian Gómez. La fiscal y la querella presentaron su acusación pública, ofrecieron prueba y requirieron la elevación de la causa a juicio. Por su parte la defensa del único imputado Ángel Luis Hernández, funcionario policial, presentó nueva prueba, solicitó el sobreseimiento de su pupilo y subsidiariamente se cambie la calificación legal del caso a “homicidio culposo”.
Cabe mencionar que el pasado 15 de noviembre de 2019 el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general, Cecilia Codina y la funcionaria de fiscalía, Eve Ponce, presentó la acusación pública del caso, la cual se debatirá, junto a la prueba testimonial y documental ofrecida, en dicha audiencia preliminar. La calificación legal que consta en la acusación es la de “homicidio simple, con dolo eventual”, en calidad de “autor” para Hernández, la cual conlleva una pretensión punitiva de “15 años de prisión”.

La querella, representada por Lucía Pettinari y Luciana Risso, abogadas de la Defensa Pública, en representación de la madre y la hermana de la víctima, adhirió a la acusación fiscal en el hecho imputado, planteando calificación legal, en subsidio como “homicidio simple con dolo eventual” y su pretensión punitiva de 6 años; y con la calificación principal de 15 años de prisión.

El defensor Daniel Fuentes por su parte planteó el sobreseimiento de su defendido Hernández ya que a su criterio “la investigación ha sido parcializada”. “No tiene dudas que el autor del golpe a Brian Gómez fue una persona del grupo antagónico” que se encontraban con él en el interior del pub. Solicitando se investigue las redes sociales en el entorno de la víctima.

Cuestionando la rueda de reconocimiento de personas y solicitando se la declare nula. “Subsidiariamente propuso el cambio de calificación legal del caso, ya que no habría dolo, ni siquiera dolo eventual”. El golpe fue para tratar de disipar la escaramuza, aseguró el defensor. Claramente su conducta quedaría encuadrada bajo la figura de “homicidio culposo” concluyó.

La fiscal solicitó se rechace el pedido de sobreseimiento y sostuvo la legalidad de la rueda de personas. “No es verdad que la Fiscalía haya hecho una investigación parcial”, enfatizó la fiscal Codina, ya que se investigó absolutamente todas las hipótesis. “Nunca se violó el debido proceso, ni el derecho a defensa en juicio”.

El golpe que recibe la víctima no fue ni con el vidrio, ni con el auto, sino con un elemento tipo tonfa. Hernández no estaba autorizado a utilizar tonfa. En el lugar había dos efectivos policiales, por eso se hace la apertura por los dos, luego de la rueda se determina que el autor fue Hernández.

La querella cuestionó el sobreseimiento requerido por el defensor, ya que ello debe ser debatido en juicio oral y público. Oponiéndose también al cambio de calificación legal ya que hay prueba independiente, testimonial que van a venir al juicio a abonar la teoría de la fiscal y la querella. Solicitando se rechace el sobreseimiento ya que el lugar para que eso se pueda debatir es el juicio oral y público. La nulidad planteada no derriba la teoría del caso de la fiscal y la querella, concluyó.

El juez penal Mariano Nicosia  resolvió que “una buena parte de los extremos del hecho no se encuentra discutido por la defensa”.  Cuestionando el reconocimiento de personas de so testigos, pero ello no conduce a la nulidad, aseguró el juez. “No puede darse ningún resultado de valor a las diligencias en las que participaron estos dos testigos”. Se ha acreditado con grado de probabilidad la autoría de Hernández en los hechos. Hubo otro testigo menor que fue absolutamente consistente en su declaración y en la rueda de reconocimiento.

“Es la propia declaración del imputado la que fortalece la declaración de este menor”, afirmó el juez. La conducta posterior de Hernández, como funcionario policial, viene a avalar la tesis de los cargos. Por todo ello rechazó la nulidad y el sobreseimiento planteado por la defensa, elevando la causa a juicio oral y público.

Autorizando la apertura del debate por la calificación principal de “homicidio simple, con dolo eventual”, subsidiariamente “homicidio simple cometido con exceso en el cumplimiento de un deber”; y como tercer calificación “homicidio preterintencional” en calidad de “autor”. Correspondiendo un tribunal colegiado para el juicio. (Fuente: MPF Comodoro Rivadavia).

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