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Audiencia preliminar de juicio contra Samuel Alcalá por el femicidio de Lorena Piedras ocurrido en Sarmiento

viernes 07 de agosto de 2020
Audiencia preliminar de juicio contra Samuel Alcalá por el femicidio de Lorena Piedras ocurrido en Sarmiento
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El juez Jorge Novarino analiza el pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal, respecto a la elevación a  juicio oral y público, de la acusación   contra Samuel  Alberto Alcalá (33), imputado por el femicidio de Lorena Piedras (40). El procesado  también fue acusado por el intento de homicidio contra la hija de la víctima. Una adolescente de 15 años.

Por su parte, los representantes del Ministerio Público de la Defensa, solicitaron al magistrado un cambio en la calificación legal, por la agresión contra la menor de edad, según la información suministrada por el licendiado Jorge Juárez, vocero del MPF de Sarmiento.

El hecho,  ocurrió el viernes 10 de mayo de 2019, en el domicilio que la familia compartía en el barrio "parque patagonia". Asimismo, Novarino,  dispuso que el sospechoso continuará en prisión preventiva. Está  alojado en la alcaldía policial de Comodoro Rivadavia.

El acto se realizó en la sala de audiencias de la oficina judicial. La parte acusadora estuvo representada por la fiscal Andrea Vázquez y la funcionaria Marisol Sandoval. Por la defensa pública asistieron los abogados Gustavo Oyarzún y Marcelo Catalano. El asesor de menores, Tomás Malerba  y el imputado,  realizaron las intervenciones  mediante la conexión al sistema informático webex.  La operatoria del sistema estuvo a cargo de los funcionarios de la Oficina Judicial.

En el inicio del acto judicial, la fiscal Vázquez, desarrolló el contenido de la pieza acusatoria. En este marco, detalló los fundamentos de la imputación. Asimismo, describió los cincuenta y dos medios de prueba testimoniales que propuso para el juicio. También explicó el contenido de las treinta y siete evidencias documentales.

Sobre la calificación legal escogida,  puntualizó que se acusó a Samuel Alcalá como autor del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido realizado por un hombre hacia una mujer habiendo violencia de género, en concurso real con homicidio agravado por haber sido realizado por un hombre hacia una mujer habiendo violencia de género,  en grado de tentativa.

Con respecto a la pretensión punitiva, la acusadora,  adelantó que solicitaran al tribunal de juicio la aplicación de la pena de prisión perpetua.

En tanto, sobre las cuestiones referidas a la medida de coerción,  se expresó la funcionaria Sandoval. En este marco, sostuvo que desde la   audiencia de apertura de investigación -efectuada el 12 de mayo del año pasado- se mantienen los riesgos procesales planteados en esa ocasión.

En este sentido, la investigadora agregó que mediante la presentación de  la pieza de acusación pública, se ingresa en una etapa de mayor probabilidad de que  Samuel Alcalá,  es el autor de los hechos que se le imputan.

Por otra parte, recordó las características del hecho,  el comportamiento del acusado durante el proceso  y  la pena en expectativa. En consecuencia, postuló que se mantenga la medida de prisión preventiva, hasta la finalización del debate.

"Se podría haber evitado" 

A su turno, Oyarzún  manifestó que no se opondrían al requerimiento  efectuado por el Ministerio Público Fiscal, respecto de sostener la medida de coerción.

En tanto, indicó que al realizar la observación de la pieza acusatoria, notó que dos meses antes del femicidio, se había registrado un hecho concreto de  violencia familiar, que tuvo como víctima a la hija de Lorena Piedras.

Sin embargo, pese a que tomaron intervención la Comisaría de la mujer y el juzgado de familia, la acción del estado, no llegó a tiempo para evitar el desenlace del asesinato ocurrido el 10 de mayo de 2019.

En este marco de análisis, consideró que en esta situación se evidenciaba una contradicción respecto al accionar de los representantes del estado. Por un lado, solicitaban una pena de prisión perpetua, pero previamente no requirieron medidas de protección, a los fines de evitar que la hija de la víctima,  tuviera que regresar al hogar,  en el que había sido agredida por Samuel Alcalá. "Se podría haber evitado" concluyó el asesor legal del acusado.

Por otra parte, propuso al magistrado un cambio en la calificación legal de la que tuvo como víctima a la joven hija de Lorena Piedras. Para los abogados defensores, en el juicio oral y público se debería discutir la acusación por el delito de lesiones leves en reemplazo de tentativa de homicidio en un contexto de violencia de género.

En la réplica, la fiscal Vázquez,  también se refirió sobre el accionar de los organismos del estado en este caso. En este sentido, indicó que el juzgado de familia,  había otorgado turnos de atención para Lorena Piedras y su hija, pero la fecha dispuesta había sido para los primeros días de junio. Lamentablemente, un mes antes de este encuentro, se registró el asesinato de Lorena y la brutal agresión contra su hija.

Asimismo, requirió  al juez de la audiencia preliminar, que no haga lugar a los pedidos efectuados por los abogados de la defensa pública.

Así las cosas, Novarino dispuso mantener la medida prisión preventiva contra Samuel Alcalá. En tanto, adelantó que en los próximos días, enviará por escrito su resolución a las partes.

El femicidio de Lorena Piedras que conmocionó a Sarmiento

El 10 de mayo del año pasado, Samuel Alcalá se encontraba junto a su pareja, Lorena Piedras y su hija de dieciséis años. El grupo familiar residía en departamento cuatro del “complejo de departamentos verdes, en el barrio “Parque Patagonia”.

Según los investigadores, ese viernes a las 20:15, la adolescente -hija de Lorena Piedras- comenzó a discutir con su padrastro, Samuel Alcalá. El origen de las diferencias, habría sido por las objeciones que Alcalá realizaba respecto a la elección sexual de una amiga de la joven. En concreto, el imputado intentaba prohibirle que mantuviera vínculos con sus pares.

Lorena Piedras defendió a su hija. Las dos mujeres le habrían indicado a Samuel Alcalá que no tenía legitimidad para impedir las relaciones sociales, que la adolescente deseara establecer. La reacción del acusado fue golpear a la menor. Para ello, utilizó un palo de escoba. Como consecuencia de la agresión, la joven sufrió una lesión a la altura de la ceja izquierda y se refugió en el baño del departamento.

En este contexto, Lorena Piedras reaccionó en defensa de su hija. La respuesta de Alcalá, fue tomar un arma blanca y apuñalar a la mujer.

Según el informe de la autopsia forense, la víctima recibió un total de diecisiete puñaladas. Doce cuchilladas fueron en la zona alta de la espalda. Otros cuatro cortes en el cuello. Por último, una puñalada en lado derecho del mentón. Esta lesión, provocó su deceso. Lorena Piedras quedó boca abajo, tirada en la cocina. Murió desangrándose.

En tanto, la adolescente abrió la puerta del baño y alcanzó a ver cuando el acusado apuñalaba a su madre. Cuando la víctima intentó cerrar la puerta, Alcalá ingresó al baño y también se propuso asesinar a su hijastra. La atacó con el cuchillo y le provocó lesiones en la espalda.

Finalmente, la menor logró escapar del agresor. Al salir al exterior de la vivienda, pidió auxilio a una vecina y a un móvil policial que pasaba por el lugar.

En este marco, la investigación sostiene que Lorena Piedras y Samuel Alcalá estaban en pareja y llevaban siete años de convivencia. Para los acusadores, al provocarle la muerte a la víctima, el agresor desplegó su violencia y superioridad para con ella. El crimen fue perpetrado en un contexto de violencia de género de larga data.

También sostienen que el imputado cometió la agresión con la intención y voluntad de hacerlo, doblegando y sometiendo a la víctima por su condición de mujer. A ello, agregan que el detenido también demostró así su dominación hacia la adolescente y su madre.

Con respecto a la adolescente, la fiscalía sostiene que existía una situación de subordinación y sometimiento hacia Alcalá, basada en una relación desigual de poder, mucho más acentuada por su edad. En los informes sobre las características del procesado, destacan que Alcalá era controlador y no permitía que la menor establezca relaciones con sus pares.

En tanto, señalaron en marzo de 2019 hubo una situación de violencia entre el agresor y la adolescente, lo que provocó que la menor se escapara de su hogar. Por último, la jefa de fiscales concluyó que toda la secuencia descripta, ocurre en el marco de una situación de violencia de género, en la modalidad de la violencia doméstica, en el cual Lorena Piedras es agredida por su condición de mujer.

Asimismo, sostuvo que Alcalá ejerció actos de dominación y control sobre la víctima y su hija adolescente. Para ello se valió de su superioridad física y del arma que tenía. Con el cuchillo provocó heridas en ambas mujeres. A Lorena Piedras, logró darle muerte. En tanto, no pudo obtener el mismo resultado con su hijastra, quien logró escapar de la vivienda.

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