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Rechazan el planteo de nulidad y prescripción del abuso sexual infantil

sábado 25 de julio de 2020
Rechazan el planteo de nulidad y prescripción del abuso sexual infantil

Desde la Oficina de Derechos y Garantías rechazaron que se plantee la nulidad y prescripción ante una denuncia de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia en modalidad de delito continuado”, en perjuicio de dos niñas, ocurridos entre el año 1998 y finales de 2001.

En el marco de una denuncia por “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia en modalidad de delito continuado”, en perjuicio de dos niñas, ocurridos entre el año 1998 y finales de 2001, desde la defensa del imputado se planteó la nulidad por prescripción de manera que desde la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, Adolescencia y Familia, decidieron expresar su rechazo a ello.

“Nuevamente se desconoce la perspectiva de Niñez, Adolescencia y Familia cuando emerge la posibilidad de nulidad y prescripción como impedimentos de acceso a la justicia plena. No es la primera vez que Chubut es escenario de este tipo de vulneraciones: el caso de abuso sexual cometido contra una adolescente, que fuera tristemente conocido por la adjetivación de un fiscal al utilizar el término ‘desahogo sexual’, ya había denotado no solo la vigencia del sistema patriarcal sino también la falta de perspectiva de derechos del niño” explicaron desde la Oficina de Derechos y remarcaron que “es importante afirmar que el derecho a la integridad física, psicológica y emocional que se dirime y que afecta a los niños, niñas y adolescentes, se encuentra reconocido en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, vigente en nuestro país desde octubre de 1990 (ley 23.849) e incorporada a nuestra Carta Magna en el año 1994, con jerarquía constitucional”.

Mientras agregaron que con la Convención, los niños se convierten en sujetos que deben ser oídos y pueden exigir que sus derechos se efectivicen, a través de la justicia y la política pública. Y plantearon que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a su desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social en forma saludable y normal. Y el interés superior del niño debe ser el principio rector del que no se puede prescindir.

Asimismo expusieron que en relación al delito de abuso sexual, desde el año 2011 la Argentina cuenta con Ley “Piazza” que logra que las víctimas de abuso sexual puedan acceder a la justicia aun con el transcurso del tiempo, pues la gravedad del delito y sus consecuencias exige respetar los tiempos de la víctima, garantía que es ampliada en el año 2015 mediante el dictado de la Ley 27206.

De esta forma, afirmaron que como Oficina de Derecho y Garantía debemos “velar” por el cumplimiento de Ley de Protección Integral de Niñez, Adolescencia y Familia, y recordar a las instituciones del Estado que esa perspectiva debe estar presente en todas las decisiones que se tomen, incluidas la Justicia y la política pública.

“Desde nuestro lugar exigimos a las instituciones y sus actores restituir el derecho a una vida en salud a quienes fueron niñas vulneradas. Las leyes están vivas si las reclamamos, las ejercemos” puntualizaron y aseveraron que los chicos deben saber que hay un Estado presente que debe protegerlos de manera especial. “La forma en que se aborden sus derechos contribuye a la construcción de una sociedad que los proteja y garantice la aplicación de las normas del sistema de protección integral de niñez, adolescencia y familia” culminaron.

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