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El juez dispuso 15 días de prisión preventiva para el camionero que atropelló y mató al “trapito” en la ruta

domingo 19 de julio de 2020
El juez dispuso 15 días de prisión preventiva para el camionero que atropelló y mató al “trapito” en la ruta
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Por videoconferencia se concretó la mañana del sábado la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en contra del camionero Alejandro Sebastián Pinto, en relación al homicidio culposo de Cristian Soto.

Los representantes de fiscalía solicitaron se le formalice el hecho acontecido el pasado 14 de julio bajo la calificación legal provisoria de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga” en calidad de autor para Pinto, y se dicte su prisión preventiva.

En contraposición la defensa se opuso a la formalización y al dictado de la medida de coerción pidiendo su libertad, de acuerdo a la información suministrada por el vocero de prensa del MPF que estuvo presente en tribunales del barrio Roca.

Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Marcelo Cretton, fiscal general y Fabiola López, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por  Lucía Pettinari, defensora pública.

La funcionaria de fiscalía hizo referencia al hecho a investigar cuando el pasado 14 de julio, siendo las 16:20 hs. aproximadamente, la víctima Cristian Mariano Soto se encontraba lavando vidrios sobre la Av. Yrigoyen al 3.200 y al ponerse la luz roja detuvo su marcha un camión  120 Scania, el cual era conducido por el imputado Alejandro Sebastián Pinto.

Seguidamente al ponerse el semáforo en verde inició su marcha y sin tomar los recaudos necesarios y de manera imprudente embistió a Cristian Soto. Este último a raíz del impacto sufrió fractura costal múltiple bilateral y fractura múltiple de traumatismo de cráneo encefálico con exteriorización de masa encefálica, provocándole la muerte instantánea.

Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga” en calidad de “autor” para Pinto.

En contraposición la defensora se opuso a la formalización del hecho sosteniendo que a su entender “no encuentra delito en el hecho” imputado, preguntándose “¿Cuál es el obrar de mi defendido para achacarle una conducta culposa? Y ¿Cuál es la acción riesgosa antirreglamentaria? Si arranca con el semáforo en verde y sin maniobra brusca ni llamativa”.

Seguidamente el fiscal Cretton solicitó la prisión preventiva del imputado por un mes ya que hubo alerta de dos conductores de lo sucedido al camionero, y por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho; y por la existencia del peligro de fuga por falta de arraigo.

También el fiscal invocó las características graves del hecho y la pena en espera; como también la importancia del daño causado y la actitud que adoptó Pinto de minimizar el hecho y huir. Requiriendo por último el plazo de Ley, 6 meses, para concluir con la investigación.

Por su parte la defensora se opuso al dictado de la medida de coerción y que el imputado “debe transitar el proceso en libertad”. Tiene trabajo estable y familia en Regina, destacó la defensora, solicitando su libertad.

Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho relatado y en base a la calificación legal provisoria escogida, dando por anoticiado al imputado de los mismos y por asegurada su defensa técnica.

Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de 15 días, en base a la falta de arraigo y que “alertado por un testigo de lo que había sucedido siguió su marcha”. Mencionando en su resolución la probabilidad de autoría del imputado y el peligro de fuga.

Por último la defensora pidió la revisión de la decisión ante dos jueces, a lo cual se hizo lugar.

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