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Femicidio en Sarmiento: a un año del caso el imputado continuará con prisión preventiva

miércoles 13 de mayo de 2020
Femicidio en Sarmiento: a un año del caso el imputado continuará con prisión preventiva

Por pedido de la fiscal Andrea Vázquez, el juez Jorge Novarino resolvió mantener la medida de prisión preventiva contra Samuel  Alberto Alcalá (33), imputado por el femicidio de Lorena Piedras (40). El procesado, también fue acusado por el intento de homicidio contra la hija de la víctima, una adolescente de 15 años. El hecho ocurrió el viernes 10 de mayo del 2019, en el domicilio que la familia compartía en el barrio "parque patagonia". El Ministerio Público Fiscal ya presentó la pieza de acusación pública. El sospechoso continuará alojado en la alcaldía policial de Comodoro Rivadavia por el plazo de tres meses o la realización de la audiencia preliminar, de acuerdo a lo informado por el vocero de prensa del MPF con asiento en Sarmiento. 

La audiencia judicial se realizó mediante el sistema de videoconferencia. La fiscal Andrea Vázquez, el juez Jorge Novarino y los  abogados de la defensa pública, Gustavo Oyarzún y Tomás Malerba, realizaron las intervenciones desde sus hogares,  mediante conexión remota. La operatoria del sistema estuvo a cargo de los funcionarios de la Oficina Judicial. En tanto, Samuel Alcalá participó del acto judicial desde su lugar de detención, utilizando un teléfono celular de las autoridades policiales.

En el inicio del acto judicial, la representante del Ministerio Público Fiscal peticionó la continuidad de la medida de coerción, dictada en el marco de la audiencia de apertura de investigación efectuada el 12 de mayo del año pasado. Asimismo, aseguró que se mantienen los riesgos procesales planteados en esa ocasión.

En este sentido, la investigadora informó que ya fue presentada la pieza de acusación pública en contra de Samuel Alcalá. Por otra parte, los fundamentos de Vázquez se basaron en las características del hecho, la falta de arraigo del imputado, su comportamiento durante el proceso y la pena en expectativa.

En este marco, señaló que el 18 de junio de 2019, Alcalá junto a otro detenido,  protagonizaron una fuga de la comisaría local. Se mantuvieron prófugos durante varias horas, hasta que fueron detenidos por personal policial de la brigada de investigaciones, detalló.

Con respecto a la pena en expectativa, la parte acusadora planteó que si al concluir el juicio, Alcalá es declarado autor penalmente responsable de los hechos que se le endilgan, recibirá una pena de prisión perpetua.

En este contexto, consideró que si se dispone una medida menos gravosa, el acusado podría no presentarse a las audiencias del juicio oral y público. En consecuencia, requirió que se mantenga la medida de coerción, hasta la próxima instancia judicial.

A su turno Oyarzún  manifestó que no se opondrían al requerimiento de la medida efectuada por el Ministerio Público Fiscal. A ello agregó que  la sola presentación de la acusación pública no  indica que se haya avanzado a una probabilidad positiva mucho mayor.

También aclaró que el consentimiento a lo referido por la fiscalía, respondía a una  forma de estrategia procesal, pero destacó que no implicaba consentir la existencia de los peligros procesales y mucho menos con la argumentación, en la cual se habían incorporado cuestiones meramente subjetivas. Por su parte Malerba acompañó la postura del defensor público.

Así las cosas, Novarino dispuso hacer lugar al requerimiento de la parte acusadora, al entender que no hay elementos que hayan modificado favorablemente  la situación del imputado. Por último estableció mantener la medida prisión preventiva contra Samuel Alcalá por el plazo de tres meses o hasta la realización de la audiencia preliminar. Fuente: MPF Of. Sarmiento.

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