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Las actividades permitidas en provincias que flexibilizan la cuarentena

viernes 24 de abril de 2020
Las actividades permitidas en provincias que flexibilizan la cuarentena

Tras el acuerdo entre el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los gobernadores de nueve provincias, este viernes se publicaron en el Boletín Oficial las actividades que a partir de hoy están permitidas en esos distritos del país durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio y bajo qué condiciones pueden funcionar.

A través de varias Decisiones Administrativas que llevan la firma de Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, el Poder Ejecutivo nacional dio precisiones sobre la flexibilización de la cuarentena en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y La Pampa.

CONSTRUCCIÓN EN SECTOR PRIVADO

El gobierno nacional autorizó la reanudación de las obras de construcción en el ámbito privado en las provincias de San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, Mendoza, La Pampa y Jujuy, en una nueva apertura parcial del aislamiento obligatorio por el coronavirus.

La medida quedó plasmada en una decisión administrativa del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, tras una petición de los gobernadores de esas provincias, quienes además debieron presentar un protocolo sanitario que se tendrá que respetar estrictamente para la prestación de esa actividad evitando la propagación de la enfermedad.

La medida rige a partir de su publicación en el Boletín Oficial, igual que las restantes referidas a otras actividades conocidas hoy.

Los mandatarios provinciales, se indicó, "han formalizado solicitudes con el fin de exceptuar del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' y de la prohibición de circular, en el ámbito de sus jurisdicciones a las personas afectadas al desarrollo de obra privada, acompañando al efecto el asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local y el protocolo sanitario de funcionamiento correspondiente".

La medida explicó que "se exceptúa" del aislamiento a las personas dedicadas "al desarrollo de obra privada, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa".

Sostuvo además que "el ejercicio de la actividad (...) se encuentra sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

PROFESIONES LIBERALES

Por otro lado, se permitió la actividad de las "profesiones liberales" en las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy, que quedarán exceptuadas en ese aspecto del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus.

En una medida firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, el Poder Ejecutivo estableció que esas actividades quedarán sujetas a la "implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

"En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio", consignó la resolución.

El gobierno ya había anticipado que iba a autorizar en varias provincias las llamadas "profesiones liberales", como las de abogados, contadores y otras con título habilitante.

No obstante, el Gobierno aclaró que los desplazamientos de quienes se desempeñen en esas actividades "deberán limitarse al estricto cumplimiento" de esas funciones, por lo que "los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones".

Tras aclarar que "los profesionales alcanzados por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19", la decisión administrativa indicó que la flexibilización de esas actividades "podrá ser dejada sin efecto por cada gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia".

La resolución administrativa 622 será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial.

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