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Pidieron la impugnación de la sentencia contra Nuñez y Hernández por el crimen de Fozziano

miércoles 12 de febrero de 2020
Pidieron la impugnación de la sentencia contra Nuñez y Hernández por el crimen de Fozziano
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Desde la Defensa de Nicolás Nuñez y Fabián Hernández, condenados por el crimen del pescador, Gustavo Fozziano, solicitaron la impugnación de la sentencia en su contra y el 19 de febrero se conocerá la decisión del Tribunal de Cámara.
Durante la jornada de ayer en los tribunales de barrio Roca se desarrolló la audiencia de impugnación de sentencia solicitada por la Defensa de Nicolás Nuñez y Fabián Hernández, condenados por el crimen del pescador Gustavo Fozziano ocurrido el pasado 22 de abril de 2018.

El tribunal de impugnación estuvo compuesto por los jueces de Cámara Guillermo Müller, Martín Montenovo y Daniel Pintos; el Ministerio Público Fiscal fue representado por adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Núñez fue ejercida por Franco mellado, defensor particular; y la de Hernández por Viviana Barillari, defensora pública.

En este marco, el defensor de Núñez solicitó la absolución de su pupilo; al igual que la defensora de Hernández, quién a la vez subsidiariamente requirió un cambio en la calificación legal de “partícipe necesario de homicidio agravado” a “amenazas”. En contraposición el fiscal solicitó se rechace las impugnaciones y absoluciones planteadas por las defensas y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de primera instancia para ambos imputados. Es así que el tribunal de Cámara pasó a deliberar y dará a conocer la parte sintética de su fallo el próximo miércoles 19 de febrero, a las 12.00 horas.

Argumento de defensas


El defensor de Núñez planteó la impugnación de la sentencia de primer grado que condenó a su pupilo a la pena de 14 años de prisión como autor del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Sostuvo el defensor que el tribunal de debate evaluó la prueba producida en el debate en forma parcial sin tener en cuenta la totalidad de la evidencia rendida.

“No valoró la falta de antecedentes de mi asistido”. Sostuvo que “no hubo premeditación por cómo se fueron dando los hechos. Argumentando que se trata de una “legítima defensa, ante el ataque con un hacha y una posible pela previa” entre la víctima y Núñez. Por todo lo cual planteó “la absolución” de Núñez.

Asimismo la defensora de Hernández se refirió a que su pupilo fue condenado en primera instancia como partícipe necesario del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego a la pena de 12 años de prisión.

Solicitando se anule dicha resolución y se desvincule a Hernández del hecho y subsidiariamente se modifique la calificación legal en su contra a “amenazas”. Sosteniendo que no hubo “convergencia intencional ni unidad de acción en lo que concreta su hermano” Núñez.

Él no tenía conocimiento que Núñez llevaba un arma, afirmó la defensora. Todos los testigos dice que fue Núñez era la persona que tenía el arma de fuego y que efectuó disparos con ella. Concluyendo que no hubo una participación necesaria de Hernández en el hecho ya que no se pudo establecer cuál fue el auxilio que prestó.

No quedó claro cuál fue su aporte eficiente al homicidio. Finalmente la defensora evocó el principio de humanidad de la pena, la resocialización y la mínima trascendencia de la pena a terceras personas, por los hijos de su defendido.

La posición del fiscal


En contraposición el fiscal adujo que lo planteado por el defensor de Núñez es una discrepancia con lo que el tribunal de primera instancia resuelve, sosteniendo que hubo una valoración arbitraria de la prueba y legítima defensa o exceso en la legítima defensa.

No hay prueba de la utilización por parte de Fozziano de un hacha. Núñez efectuó un disparo de arma de fuego en contra  de Fozziano a corta distancia, se estableció.

Por lo cual solicitó “se rechace la impugnación de la defensa” de Núñez y “se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria” en su contra.

Respecto de Hernández el fiscal aseguró que los jueces de primera instancia realizaron una exhaustiva valoración de la prueba para establecer la conducta de Hernández en el hecho.

Establecieron su participación y contribución en acompañar al autor del hecho y de sacarlo del lugar, luego de cometido el mismo, para lograr su impunidad. Preguntándose el fiscal ¿a qué fueron aquella madrugada del hecho Núñez y Hernández, llevando el primero un arma de fuego? Debieron representarse lo que podía ocurrir.

Solicitando también se rechace la absolución de Hernández ya que ha quedado probada su participación necesaria y su conducta esencial en el hecho y se confirme en todos sus términos la sentencia en su contra.

Para concluir el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 19 de febrero, a las 12.00 hs. dará a conocer la parte resolutiva de su fallo.

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