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Tras su excarcelación, De Vido apuntó contra la “persecución del gobierno de Macri”

sábado 14 de diciembre de 2019
Tras su excarcelación, De Vido apuntó contra la “persecución del gobierno de Macri”

El Tribunal Oral Federal (TOF) 7 ordenó la excarcelación del ex ministro Julio De Vido. Los jueces tienen a cargo el juicio por la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas​. Sin embargo, el ex titular de Planificación Federal deberá cumplir prisión domiciliaria por orden del Tribunal 1 que lo juzgará por administración fraudulenta al haber desviado 176 millones de pesos que debían dirigirse a la mina de carbón de Río Turbio.

La decisión del TOF 7 se conoce después de la resolución que firmó la Cámara de Casación Penal, que ordenó la liberación del ex ministro K en base a las restricciones implementadas sobre las prisiones preventivas en el nuevo Código Procesal Penal.

Si bien el TOF 7 ordenó su "inmediata Liberación", De Vido deberá regresar a su domicilio (iría a su casaquinta de Zárate) bajo las exigencias de una prisión domiciliaria que le dictó el TOF 1, que tiene a su cargo la causa que lo condujo a la cárcel en noviembre de 2017.

En el expediente de los Cuadernos, el juez Claudio Bonadio​ procesó al ex ministro en carácter de organizador de la asociación ilícita -que comandó Cristina Kirchner- dedicada a la recaudación de fondos ilegales. Junto con la acusación, le dictó prisión preventiva en la causa principal y en otras vinculadas que también fueron elevadas a juicio.

En la resolución, los jueces Fernando Canero, Germán Castelli y Ernesto Ruiz, señalaron que en función de la resolución de la Sala I de la Cámara de Casación, se ordene la inmediata liberación de De Vido en la "presente causa y sus conexas N° 13820/2018 y 10456/2014, la que no se hará efectiva por continuar detenido a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1, en la causa N° 5218/2016, bajo la modalidad de arresto domiciliario", plantea el escrito.

Una vez que salga del Penal de Ezeiza, al ex funcionario K se le aplicarán una serie de restricciones:

"La promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación".

"Presentarse ante este Tribunal en forma mensual dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, debiendo notificar a esta sede cualquier cambio de domicilio, como así también toda circunstancia en virtud de la cual deba ausentarse del mismo por más de 48 horas".

"La prohibición de salir del país sin autorización previa".

"La entrega del pasaporte que tuviere en su poder a través de la defensa –en caso de contar con dicho documento- e interdicción de expedir nuevos a su nombre".

"La colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS –Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica-".

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