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Niño de 9 años murió al caer sobre él un portón: demandaron al propietario que les alquilaba

lunes 16 de septiembre de 2019
Niño de 9 años murió al caer sobre él un portón: demandaron al propietario que les alquilaba

Por el fallo de un juez, el propietario de una vivienda alquilada en la que falleció un niño de 9 años tras caerse sobre él el portón de la misma, deberá abonar suma millonaria, probablemente mayor a los diez millones de pesos, por los daños  y perjuicios provocados.



El miércoles 9 de abril de 2013 un trágico hecho tuvo lugar en una vivienda ubicada en avenida Roca del barrio Pueyrredón, luego de que cerca de las 21 horas una familia arribara a la misma a bordo de un automóvil y tras descender el hijo de la pareja de 9 años de edad, abrió el portón corredizo como lo hacía habitualmente pero de manera sorpresiva el mismo salió de la guía y cayó bruscamente sobre el menor.

Inmediatamente familiares del niño corrieron en su auxilio encontrándose con que estaba seriamente lesionado y sin signos vitales por lo que el padre, con ayuda de un desconocido, levantó el portón y sacó al menor para ser trasladado de urgencia a una clínica privada ubicada en cercanías, donde pese a los esfuerzos realizados por el personal médico, no pudieron salvarle la vida.

A partir de lo sucedido, la familia del menor atravesó por momentos sumamente complicados, siendo contenidos con asistencia psicológica incluso, por lo que prontamente en busca de justicia al no considerar que se tratara de un accidente doméstico, iniciaron una demanda contra la inmobiliaria que les arrendó la vivienda desde el 13 de noviembre de 2012 y hasta el fatídico hecho, así como contra el propietario de la misma por los daños y perjuicios causados tanto en la pareja como a su hijo, hermano de la víctima. Finalmente la inmobiliaria logró quedar fuera de juicio.

De acuerdo con lo expuesto los padres interpusieron la demanda por haber sido tanto ellos como su otro hijo quienes padecieron un daño irreparable y lo que incluso les provocó estrés postraumático mientras que se trató de un hecho evitable, dado que el portón no contaba con las medidas de seguridad suficientes.

Luego de un largo litigio que se perpetuó por varios años, que contó con la representación legal del abogado Martín Galindez, recientemente el juez Manuel Horacio Pis Diez dio a conocer su Sentencia Definitiva, dando lugar en parte a la demanda de la familia damnificada.

En el falló indicó que “hago lugar parcialmente a la demanda (contra el propietario del domicilio) en concepto de daño moral a cada uno de los integrantes de la familia, por la pérdida de chance para cada uno de los progenitores porque el niño no podrá asistirlos en la ancianidad, por incapacidad sobreviniente de los padres, por daño emergente y tratamiento psicológico”.

Es pertinente mencionar que el estudio jurídico que intervino en el caso, refiere que la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) alertó a inicios del presente año, que la primera causa de muerte en niños de 1 a 15 años en el país son hechos domésticos, como caídas desde la cama, percances de tráfico, intoxicaciones con medicamentos, contactos con electricidad o ahogamientos y otras situaciones dentro del hogar, como la caída del portón del juicio en cuestión.

En Argentina estos accidentes presentan una tasa de mortalidad de 11,6 casos por cada 100.000 niños, superior a la de países vecinos como Uruguay y Chile.

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