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Oscar Pallis fue condenado a 6 años de prisión por la golpiza a "Viejita" Muñoz

martes 10 de septiembre de 2019
Oscar Pallis fue condenado a 6 años de prisión por la golpiza a "Viejita" Muñoz

El pasado lunes al mediodía el tribunal dio a conocer el veredicto de pena, luego de haberse realizado la audiencia de cesura o imposición de pena, en el juicio por la tentativa de homicidio de Luis “Viejita” Muñoz, que tiene como autor responsable a Oscar Pallis. Los jueces entendieron en forma unánime que la pena aplicable al caso es la de 6 años de prisión, como también decretaron el mantenimiento de la prisión preventiva que viene cumpliendo Pallis hasta que la sentencia quede firme.



El tribunal de debate fue integrado por los jueces Mónica García, Mariano Nicosia y Jorge Odorisio; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Pallis fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

El tribunal de juicio expresó que habiendo tenido en cuenta tanto las circunstancias atenuantes y agravantes solicitadas tanto por la fiscal, como por la defensa, considerando que la fiscal solicitó se aplique la pena de seis años de prisión. Razonaron como circunstancia agravante la naturaleza de la acción en función del modo de comisión, la ferocidad de la golpiza que no había sido aceptada como agravante en la primera calificación del caso fiscal. También la fiscal consideró como agravante la nocturnidad, ya que el hecho fue cometido a las 06.00 hs. lo cual había facilitado el accionar delictivo de Pallis. Asimismo la fiscal consideró como agravante la vulnerabilidad de la víctima y la naturaleza de la acción. Solo consideró como atenuante la falta de antecedentes computables y la vulnerabilidad en la historia de vida del autor. Su situación de salud y su falta de escolaridad. Considerando la fiscal que la pena justa a aplicar era la de 6 años de prisión.

Por su parte la defensa sostuvo que en base a la calificación legal por la cual fue declarado responsable su pupilo, “no hay ninguna circunstancia por la que se pueda llevar a dosificar la pena más allá del mínimo” establecido para el delito, 4 años de prisión. Al momento de cometer el hecho Pallis sí estaba bajo los efectos del alcohol y drogas, aseguró. Su corta edad debe ser tomada como atenuante y también su falta de antecedentes penales. La defensora también solicitó se considere como atenuantes sus antecedentes personales y su situación de consumo a muy temprana edad. Asimismo la defensora solicitó sea considerado el principio de humanidad de la pena que debe causar el menor daño posible. La misma debe ser proporcional y se debe tener presente su resocialización.

El tribunal entendió que la escala penal aplicable es la que ha traído el Ministerio Público Fiscal, de 4 a 16 años de prisión. Considerando como agravante la naturaleza de la acción, por el peligro creado y el daño causado. Por el riesgo de perder la vida por parte de la víctima Muñoz. Ingresó al Hospital con un paro cardio-respiratorio para después pasar a Terapia Intensiva. El sufrimiento que le causó a la víctima la acción desplegada por Pallis, el daño causado. La situación de vulnerabilidad de la víctima también fue considerada como agravante por los jueces, su situación de calle, una persona anciana, ebria, facilitó la acción de Pallis en una zona céntrica de la ciudad por casi 8 minutos. Como atenuantes el tribunal tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales de Pallis, la historia de vida del autor, su victimización a corta edad con consecuencias posteriores a su ciclo vital. Por todo ello entendieron en forma unánime que la pena aplicable al caso es la de 6 años de prisión, por haber sido declarado penalmente responsable del delito de “tentativa de homicidio simple” por el hecho ocurrido el pasado 17 de agosto de 2018 en perjuicio de Luis “Viejita Muñoz. Manteniendo la prisión preventiva de Pallis hasta que la sentencia adquiera firmeza.

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