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Multas en Comodoro: entre el sentido común de los inspectores y la responsabilidad de los conductores

martes 16 de julio de 2019
Multas en Comodoro: entre el sentido común de los inspectores y la responsabilidad de los conductores

A la redacción de Crónica llegaron algunas inquietudes de lectores con respecto a algunas multas labradas en el transcurso de los últimos días. Por este motivo, este diario se acercó al Tribunal de Faltas para esclarecer algunas cuestiones con respecto a las multas que se sancionan por infracciones de tránsito en Comodoro Rivadavia. Actualmente, la más cara sigue siendo la de alcoholemia positiva, con un costo que varía entre los 46.500 y 75.000 pesos.
Funcionarios del Tribunal de Faltas Nº 3 brindaron datos a este medio sobre las multas que se labran en la ciudad, sus costos, los descargos que pueden hacer los contribuyentes si consideran que es injusta la sanción, y cómo es el accionar interno del Tribunal de Faltas a la hora de analizar los distintos casos.

En principio, hay que saber que, cuando a un contribuyente le hacen una multa, lo lógico es ponerse en contacto con el Juzgado de Faltas de inmediato, para saber si cabe o no la posibilidad de hacer el pago voluntario de la boleta.

Cada vez que un inspector de tránsito labra un acta de infracción, existe la posibilidad de realizar este tipo de pago, y que el costo de la misma disminuya, pero quien informa sobre esto es el Tribunal. Claro que, hay algunas excepciones a la regla, puntualmente tres: alcoholemia positiva, pasar un semáforo en rojo y exceso de velocidad. Estas tres multas, no cuentan con la posibilidad de hacer el pago voluntario.

¿Quiénes pueden labrar multas?


Gracias a un convenio firmado entre la Municipalidad de Comodoro Rivadavia y la Policía de la Provincia, no solo los inspectores de tránsito pueden labrar multas por infracciones de tránsito, sino también los policías. De hecho, el personal de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina también puede.

En el caso de Gendarmería, solamente pueden hacerlo en rutas nacionales, es decir, su jurisdicción.

En tanto, la Policía de la Provincia puede hacerlo en rutas provinciales. En cuanto a las multas por no contar con la tarjeta horaria cuando se deja un vehículo estacionado, desde el Tribunal de Faltas explicaron que “ellos no pueden hacer esto, porque esto es algo exclusivo del personal de Tránsito, pueden hacer otro tipo de multas, pero esa, particularmente no”.

Daniel Simunovic, el juez del Juzgado de Faltas Nº 3, se refirió a casos especiales en donde a veces la multa es injusta. A este diario, por ejemplo, llegó el caso de una mujer que bajó de su vehículo para comprar las tarjetas, y cuando volvió se encontró con una boleta en el parabrisas de su vehículo. Al ir a buscar al inspector de tránsito, este le respondió “usted no se puede bajar del auto para comprar tarjetas”.

Respecto a estos casos, el juez de faltas indicó que “muchas veces pasa por el sentido común del policía o inspector.

En este caso, hay falta de sentido común. Nuestros juzgados contemplan cada caso particular, vemos lo que es justo y lo que no. Sucede que, a veces es muy difícil inferir cuál es la verdad en este tipo de casos. Uno muchas veces no sabe si el contribuyente miente o no, por eso analizamos cada situación en detalle”, puntualizó el entrevistado.

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