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Declaran culpable al ginecólogo Rodríguez Lastra por negar un aborto no punible

martes 21 de mayo de 2019
Declaran culpable al ginecólogo Rodríguez Lastra por negar un aborto no punible

El médico Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable en los juzgados cipoleños en la causa que lo imputó por negar una interrupción legal del embarazo en 2017 a una joven violada. En los próximos días informarán la pena.

Leandro Rodríguez Lastra fue juzgado y declarado culpable por "incumplimiento de los deberes de funcionario público" dado que que accionó contrariamente a lo estipulado en la Ley provincial rionegrina 4.796 de "Atención Sanitaria en casos de abortos no punibles", el Decreto provincial 182/2016 y la Ley nacional 26.485.

El juez, Álvaro Meynet, dio a conocer su veredicto esta mañana y en los próximos días informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

La joven, de 19 años, no era paciente del doctor Rodríguez Lastra, ni del hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti, Río Negro, donde éste es jefe del servicio de Ginecología. Esto ocurrió en abril de 2017. La mujer llegó, derivada desde otra localidad a la guardia del hospital, con fuertes dolores y declarando haber ingerido una droga abortiva proporcionada por una ONG.

Rodríguez Lastra corroboró que tenía 22 semanas y media de gestación (es decir, acababa de entrar en el 6º mes, según las tablas de conversión). El feto pesaba más de 500 gramos.
"Ella decía que le habían dado una pastilla abortiva, pero no en el hospital; se la dieron las integrantes de una red llamada de 'Socorristas', una agrupación feminista que asiste a mujeres que quieren abortar -dice Rodríguez Lastra-. Yo eso no lo podía tomar seriamente, no podía saber qué le habían dado realmente. Siendo un lugar clandestino, no podía averiguar qué droga había ingerido. El embarazo era de 22 semanas y media y el feto tenía 500 gramos. Las pastillas abortivas sirven para embarazos mucho menos avanzados; los otros presentan otras complicaciones".

El médico explica que su temor era que la mujer hiciera un síndrome de Mondor, o aborto séptico, por contaminación con una bacteria similar a la que produce el tétanos, algo frecuente cuando se hacen procedimientos en sitios que no cuentan con la debida asepsia. Se trata de un síndrome altamente mortífero.

"No pongo en duda la palabra de la mujer sobre la violación, pero de acuerdo a la mismísima OMS, a partir de la semana 22 y por encima de 500 gramos del feto, ya no es un aborto", subrayó el médico.
Al día siguiente, una junta médica del hospital fue la que decidió fijar una fecha para una cesárea, cuando el bebé fuese viable, lo que se hizo a los siete meses y medio. Es decir que no fue una decisión exclusiva de Rodríguez Lastra sino de un equipo. El niño fue dado en adopción.

Todos los ginecólogos y obstetras del hospital de Cipolletti se inscribieron como objetores de conciencia. Con una sola excepción, lo mismo hicieron sus colegas del resto de la región, que abarca Alto Valle, Cinco Saltos, Catriel, Allen y General Roca.

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