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Deuda con CAMMESA: Esperan autorización legislativa para contraer préstamo cercano a los $ 3.600 millones

miércoles 08 de mayo de 2019
Deuda con CAMMESA: Esperan autorización legislativa para contraer préstamo cercano a los $ 3.600 millones

El Poder Ejecutivo Provincial envió a la Legislatura para su tratamiento y aprobación un proyecto de ley tendiente “a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la efectiva provisión de los servicios públicos esenciales”, y dispone “una negociación con la Compañía Administradora Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) con el objeto de analizar, establecer y consolidar las deudas que mantienen las distintas Cooperativas de Servicios Públicos para celebrar los correspondientes convenios de pago”.



“El marco regulatorio vigente responde a la manda constitucional de cumplir con los servicios básicos de la comunidad, a la obligación del Estado de desarrollar políticas tendientes a la protección de los usuarios y consumidores de bienes y servicios. En ese contexto se propicia la negociación y pago de la deuda que mantienen las Cooperativas de la Provincia y que supera los $ 3.600.000.000 con CAMMESA, acompañando el presente proyecto de Ley”, refiere la nota de elevación dirigida a la Presidencia del Poder Legislativo y que suscribe el Gobernador Mariano Arcioni.

Aspectos significativos del proyecto de ley

El Proyecto de Ley N° 045/19 consigna que su objeto es “adoptar todas las medidas tendientes a garantizar la continuidad de la prestación de los servicios públicos esenciales de distribución de energía eléctrica, agua potable, alumbrado público, cloaca en todo el territorio de la Provincia en el marco de la Ley I -619 “Emergencia de los Servicios Públicos”.

Dicho proyecto prevé “autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a negociar con la Secretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, los Bonos de Nación Argentina para el Consenso Fiscal que asciende al 30 de abril de 2019 a $ 1.131.192.282,46”, como así también autorizar al PEP “a gestionar ante el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP) el otorgamiento de un préstamo hasta la suma máxima de Pesos Tres Mil Seiscientos Millones ($ 3.600.000.000), siguientes cuyo destino será la cancelación de la deuda que mantienen las cooperativas que se detallan en el Anexo A de la presente ley con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA)”.

Deuda de las Cooperativas con Cammesa

La Sociedad Cooperativa Popular Ltda de Comodoro Rivadavia: 1.300.102.079,63. Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento: 316.820.299,79. Cooperativa Eléctrica de Trelew: 1.246.918.703,23. Cooperativa de Servicios Públicos de Rawson: 358.427.061,21. Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios de Puerto Madryn: 289.656.008,08. Cooperativa 16 de Octubre Limitada: 76.499.116,26, totalizando el monto de 3.588.423.268,20 pesos.

“Las Cooperativas entregarán al Ministerio de Economía y Crédito Público el detalle de deuda conciliado con CAMMESA por el período Enero 2016 hasta los servicios que debieron abonarse en Enero 2019, únicos períodos que serán abonados por el Estado Provincial”, consta en el proyecto de ley gubernamental.

Refiere, asimismo, que “autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a aceptar las condiciones de tasa de interés hasta el máximo de BADLAR publicada por el Banco Central de la República Argentina, y plazo máximo que otorgue el F.F.D.P. que no podrá ser inferior a 60 meses incluyendo 12 meses de gracia sobre el capital”.

“El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Crédito Público podrá autorizar la entrega de los Títulos de Cancelación de Deuda Provincial por las deudas a favor de las Cooperativas que hubieran generado con anterioridad al 28 de febrero de 2018, a terceros que legitimen su pretensión de cobro, o a las mismas Cooperativas titulares cuando exista un proyecto de mejoramiento de las prestaciones domiciliarias a los vecinos y empresas de cada zona”, consigna.

Compensar deudas con Mwh

Se autoriza al PEP a “compensar, las deudas a favor de las Cooperativas detalladas en el Anexo A de la presente, que hubieran sido verificadas y aceptadas por la Contaduría General de la Provincia en los términos de la Ley VII N° 82 de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa del Sector Público Provincial, quedando extinguida la obligación de entrega de los Títulos de Cancelación de Deuda Provincial a través del Ministerio de Economía y Crédito Público”.

“Los importes compensados en cada Cooperativa, se detraerán del total de deuda que la Provincia haya asumido como propia a favor de CAMMESA. El importe así determinado será convertido en Mwh al precio del último mes, por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, con el objeto de determinar cuál será la obligación de devolución en Mwh que cada Cooperativa deberá cumplir con el Estado Provincial. La tarifa a considerar para la conversión será la que hubiera sido definida como tal por el Ente Regulador Provincial de Servicios Públicos”, se alude.

“A partir de la fecha de comienzo del plazo de devolución, el Estado Provincial no estará obligado a la cancelación de los consumos mensuales posteriores. En forma mensual, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos informará a la Contaduría General, la cantidad de Mwh que deberán ser detraídos de la deuda que hubieran asumido las Cooperativas en forma individual”, expresa.

Cuadros tarifarios

En otro artículo establece que “los Municipios que sean concedentes de Servicios Públicos propenderán a la aprobación de Ordenanzas que aseguren cuadros tarifarios que contemplen el costo real de distribución en su ciudad. De igual manera los Municipios garantizarán a favor del Estado Provincial la continuidad en la concesión por parte de la cooperativa prestadora actual del servicio eléctrico y de la cancelación total de la deuda”.

“Las Cooperativas prestadoras de servicios públicos tendrán derecho a los beneficios planteados en la presente Ley, una vez que los poderes concedentes adhieran en forma expresa a la presente Ley”.

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