jueves 28 de marzo de 2024
23.9ºc Comodoro Rivadavia

“El REDIS amplifica las resoluciones judiciales ya establecidas”

miércoles 20 de febrero de 2019
“El REDIS amplifica las resoluciones judiciales ya establecidas”
“el-redis-amplifica-las-resoluciones-judiciales-ya-establecidas”
“el-redis-amplifica-las-resoluciones-judiciales-ya-establecidas”

Tras el anuncio que hiciera el ministro Massoni sobre la creación del REDIS, Chubut es la primera provincia en hacer público un registro de violadores; pero son muchas las preguntas que surgen a partir de su implementación. Desde el Ministerio Público Fiscal vieron con beneplácito el anuncio, ya que según explicaron a Crónica, no hace más que “amplificar las resoluciones judiciales ya establecidas, tomando en cuenta que los juicios son públicos y las resoluciones de estos también, aunque son medidas límites”.

El ministro Massoni anunció que “a partir del jueves va a estar en funcionamiento una aplicación que el ciudadano va a poder utilizar en su celular y de forma gratuita, con el registro de todas las personas con condenas por delitos sexuales, con el objetivo de resguardar la seguridad de toda la población”. Así no solo se podrá ver la cara de los involucrados, sino sus antecedentes penales y la jurisdicción en la que se encuentren. Según Massoni “el objetivo es que la ciudadanía pueda tomar los recaudos necesarios, teniendo conocimiento si existe peligrosidad en su barrio”.

Hay que decir que hay otros lugares en el mundo donde se utiliza este sistema, por ejemplo Colombia y Estados Unidos, donde se publican fotos en las carreteras. A nivel nacional no hay una medida de esta magnitud que se haya aplicado, siendo Chubut la primera provincia que crea un app para hacer públicos los datos y fotografías de los abusadores. Aunque en muchas provincias e incluso en el Ministerio de Seguridad de Nación esta medida es materia de estudio.

Son medidas límite, pero de ninguna manera incompatibles con las cláusulas constitucionales, toda vez que estas personas son condenados por la justicia. La experiencia muestra que los violadores tienden a reiterar estas conductas delictivas. A partir de esa experiencia recogida se intentaron un sinnúmero de cosas, como la esterilización que parecía una gran solución pero finalmente no dio resultado. Hay que tomar en cuenta que el violador puede acceder no solamente con su propio miembro y que el abuso no es solamente el acceso carnal.

Para la Fiscalía, “esto de dar a conocer a los abusadores, con las debidas garantías dadas por el Estado, son medidas extremas pero no incompatibles con la Constitución”.

Los recaudos a tomar

Algunos de los peligros que podría plantear este Registro sería la temida “justicia por mano propia”, pero es válido decir que las sentencias condenatorias son públicas y los juicios son públicos, excepto en lo que puedan dañar a la víctima. Es la razón por la que los juicios por delitos sexuales se hacen a puertas cerradas, no para proteger al violador sino para resguardar a la víctima. Pero “las sentencias son públicas y son para el conocimiento de cualquier persona, por eso lo que hace la resolución tomada por el Ministerio de Gobierno es simplemente amplificar la publicación que ya está establecida por el Código Procesal de modo que sea conocida por todos y tiene como condimento esta circunstancia probada de la reiteración delictual de estos sujetos que está empíricamente comprobado” explicaron desde Fiscalía.

No obstante para esta publicidad habría límites, por ejemplo en el caso de los menores. La Convención de los Derechos del Niño es muy clara en lo que respecta a los menores, que son sujetos en desarrollo y merecen una mayor protección, por lo que no sería lógica la publicidad si el violador es un menor.

La conducta elegida

Para aquellos que piensan que es una manera de estigmatizar al condenado, hay que decir que las sentencias son públicas, pero al mismo tiempo es el violador quien se expone a esto por sus actos previos. “Cada uno es libre de elegir un plan de vida y si las reglas están preestablecidas, como en este caso, la persona sabe a lo que se expone y elige determinada conducta. De tal manera que quien comete un hecho y es encontrado responsable y condenado también se expone a ser estigmatizado, pero es algo que ya sabía y no obstante eligió esa conducta”.
Como límite también se puede marcar que este registro es válido a futuro, nunca podría aplicarse en retroactivo, de la misma forma en que no hay retroactividad en la ley penal.

Te puede interesar
Últimas noticias