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Se busca crear Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental

viernes 16 de noviembre de 2018
Se busca crear Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental

La legisladora provincial Estela Hernández (PJ-FPV) mantuvo una reunión de trabajo con profesionales de la Defensoría Pública de la Justicia y del Ministerio de Salud de la Provincia con la finalidad de avanzar en definiciones y alcances del proyecto de ley presentado oportunamente por la diputada que crea el Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental, en el ámbito de la Defensoría General, con el objeto de “proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental” en el Chubut.



“El propósito fundamental de este proyecto es proteger, promover y mejorar la vida y el bienestar mental de las personas con trastornos mentales, particularmente vulnerables al abuso y a la violación de sus derechos. La legislación que protege a los ciudadanos vulnerables, incluyendo a personas con trastornos mentales, es el reflejo de una sociedad que respeta y se preocupa por su gente. La legislación progresista puede ser una herramienta efectiva para promover el acceso a la atención en salud mental”, aludió Hernández sobre la importancia del tema.

“Además, entender que este proyecto es un complemento a la normativa vigente en nuestra provincia, Ley I N°384 (antes Ley 5845/2009) “Salud Mental” y el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 243 del 15 de Marzo de 2010”, refirió ilustrativamente.

Alcances del proyecto de ley

La iniciativa prevé que dicho Órgano de Revisión Provincial posee “idénticas funciones a las de su par nacional, ello sin perjuicio de las que a futuro eventualmente pueda dictarse para sí mediante la confección de su reglamento interno”.

Asimismo, podrá requerir información a las instituciones públicas y privadas que permita evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos; supervisar de oficio o por denuncia de particulares las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado; evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas y no se prolonguen más del tiempo mínimo necesario, pudiendo realizar las denuncias pertinentes en caso de irregularidades, y eventualmente apelar las decisiones del Juez.

Controlar que las derivaciones que se realizan fuera del ámbito comunitario cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 30 de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657; informar a la Autoridad de Aplicación periódicamente sobre las evaluaciones realizadas y proponer las

modificaciones pertinentes; requerir la intervención judicial ante situaciones irregulares; hacer presentaciones ante quien corresponda en cada jurisdicción a los efectos que se evalúe y sancione la conducta de magistrados y funcionarios judiciales en las situaciones en que hubiera irregularidades; realizar recomendaciones a la Autoridad de Aplicación y

propuestas de modificación a la legislación en Salud Mental tendientes a garantizar los derechos humanos.

Autoridad de Aplicación

La Autoridad de Aplicación es la Dirección de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Provincia o el organismo competente que la reemplace en un futuro.

El Órgano de Revisión local debe ser interdisciplinario y estará integrado por sendos representantes de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud del Gobierno Provincial; la Secretaría de Justicia del Gobierno Provincial; del Ministerio Público de la Defensa del Superior Tribunal de Justicia; de asociaciones de usuarios y/o familiares del sistema de salud con personería jurídica; de asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud con personería jurídica y un representante de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos con personería jurídica.

El Órgano de Revisión Provincial organizará un registro actualizado de instituciones que brinden servicios de Salud Mental

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