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Chubut trabaja en la creación de un Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental

lunes 05 de noviembre de 2018
Chubut trabaja en la creación de un Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental

La iniciativa debe ser presentada a la Legislatura Provincial para su aprobación. El nuevo órgano formaría parte del Ministerio de la Defensa Pública y trabajaría alineado con la estructura del Órgano de Revisión nacional.



Autoridades del Ministerio de Salud, el Ministerio de la Defensa Pública y la Subsecretaría de Derechos Humanos del Chubut se reunieron en Rawson con referentes de la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones, con el objetivo de avanzar en el proyecto de creación a nivel provincial del Órgano de Revisión que estipula la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657.

El encuentro tuvo lugar días atrás en instalaciones del Ministerio de la Defensa Pública y contó con la participación del Defensor General, Sebastián Daroca; el director nacional de Salud Mental y Adicciones, Luciano Grasso, y el referente de esa Dirección en la región Patagonia, Alejandro Brain; el subsecretario de Programas de Salud, Mariano Cabrera; la directora provincial de Salud Mental Comunitaria, Cora Luguercho; y la directora provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones, Nora Soria, entre otros.

Legislatura Provincial

Al respecto, la directora provincial de Salud Mental Comunitaria, Cora Luguercho, señaló que la reunión “tuvo que ver con la creación a nivel provincial del Órgano de Revisión previsto por la Ley Nacional de Salud Mental”, una iniciativa que debe ser presentada a la Legislatura Provincial para su aprobación.

“Las autoridades nacionales nos sugirieron algunos lineamientos y nos contaron cómo se estaban conformando en otras provincias”, comentó.

Funciones del órgano de revisión

Las funciones más importantes del Órgano de Revisión provincial, que formaría parte del Ministerio de la Defensa Pública y trabajaría alineado con la estructura del Órgano de Revisión nacional, serían: controlar el cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental, en particular en aquellos aspectos en los que se busca garantizar el cumplimiento de los derechos humanos del sistema de salud mental; velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de declaración de inhabilidad y durante la vigencia de esas sentencias; y solicitar información a las instituciones públicas para evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos.

Otras funciones serían supervisar las condiciones de internación por razones de salud mental, tanto en el ámbito público como en el privado, de oficio o por denuncia de particulares; evaluar la pertinencia de las internaciones involuntarias, que ellas no se produzcan más allá del tiempo mínimo necesario y, en caso de ser pertinente, denunciar irregularidades y apelar las decisiones del juez; y controlar que las derivaciones que se realizan fuera del ámbito comunitario se realicen en aquellos casos en los que la persona cuente con mayor apoyo y contención social o familiar.

Además, y para alcanzar el cumplimiento pleno de la Ley, el Órgano de Revisión se encargaría de: informar periódicamente a la Autoridad de Aplicación sobre las evaluaciones realizadas, proponer modificaciones y realizar recomendaciones; en caso de irregularidades de los jueces, hacer presentaciones ante el Consejo de la Magistratura o ante el organismo que corresponda según cada jurisdicción; y proponer modificaciones a la legislación sobre salud mental que tiendan a garantizar los derechos humanos.

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