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Fomentan promoción y protección de Bancos de Leche Materna en Chubut

miércoles 19 de septiembre de 2018
Fomentan promoción y protección de Bancos de Leche Materna en Chubut
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Los diputados del bloque PJ-FpV, José Grazzini y Estela Hernández presentaron un proyecto de Ley para regular, promocionar y proteger en el territorio chubutense los Bancos de Leche Materna Humana Pasteurizada, en establecimientos asistenciales con servicios y salas de Obstetricia, Neonatología y Pediatría dependientes del Ministerio de Salud.



"Se entiende por Banco de Leche Materna Humana (BLH) al centro especializado responsable de la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y de las actividades de extracción, procesamiento, conservación y control de calidad de todas las variedades de leche materna humana para su posterior administración y distribución gratuita, bajo prescripción médica, así como de entrenar, asesorar y capacitar al recurso humano y desarrollar investigaciones científicas y todas aquellas gestiones a fin de prestar asesoramiento técnico sobre lactancia materna”.

El BLMH tiene como objetivo proteger y apoyar la lactancia materna con el fin de reducir la desnutrición, morbimortalidad y mortalidad infantil y materna; disminuir el uso de fórmulas artificiales en la alimentación de los lactantes; brindar información y concientizar a la población sobre los beneficios de la lactancia materna; fomentar la donación de leche materna por parte de aquellas mujeres sanas cuya producción de leche permita amamantar a su hijo y donar el excedente.

Beneficiarios

Se establece que los beneficiarios serán los recién nacidos prematuros o de muy bajo peso, especialmente los de menos de 1.500 grs, los recién nacidos enfermos, con malformación gastrointestinal o algún otro cuadro que obligue a una intervención quirúrgica intestinal, especialmente síndrome de intestino corto; los portadores de alergia a proteínas heterólogas; lactantes portadores de deficiencias inmunológicas; lactantes durante el posoperatorio de intervenciones quirúrgicas, los con alergias a la proteína de leche de vaca; riesgo de infección o de enterocolitis necrotizante; madre incapaz temporalmente de amamantar de manera completa a su hijo por enfermedad, por ingestión de medicamentos contraindicados, ausencia u hospitalizada lejos de su hijo¸intolerancia a las fórmulas lácteas artificiales.

Se entiende por “Madre Donante” a aquella mujer que voluntariamente accede a donar su leche materna, y podrán donar aquellas que tienen hijos prematuros internados, las internadas junto a sus hijos en el período postparto y madres externas a establecimientos asistenciales que voluntariamente donen su excedente de Leche.

La Autoridad de Aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud quien diseñará e implementará un Plan Integral de Promoción y Protección de la Lactancia Materna.

Los BLMHP contarán con un equipo Técnico-Profesional cuya integración deberá establecer la Autoridad de Aplicación, capacitado en servicio de lactancia materna, bioseguridad, Código de Sucedáneos y en procedimientos de manipulación de leche humana materna que garantice un producto sanitariamente apto, debiendo garantizar la atención durante las 24 horas del día.

Las donaciones recepcionadas de leche materna humana y su distribución serán gratuitas, quedando prohibida su comercialización en todo el territorio de la Provincia.

Centros especializados

La Autoridad de Aplicación podrá suscribir convenios con obras sociales, sanatorios y clínicas privadas, a fin de aplicar coordinadamente la presente ley e instrumentará las medidas e infraestructura necesaria para la aplicación de la presente ley, que facilite el amamantamiento y la extracción de leche.

“Lo que se pretende con el proyecto de ley es que además de conseguir que los Bancos de Leche Materna Humana sean centros especializados responsables de la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y de la ejecución de actividades de extracción, procesamiento y controles de calidad de calostro, leche intermedia y leche humana madura, para su posterior distribución bajo prescripción médica, sean institutos de entrenamiento, asesoramiento y capacitación de los recursos humanos referentes al desarrollo de investigaciones científicas y prestación de asesoramiento técnico”, explicaron Grazzini y Hernández.

“Se propone asimismo que desde estos órganos también se desplieguen políticas para apoyar, proteger y promover la lactancia materna con el fin de disminuir la desnutrición y la mortalidad infantil, fomenten la donación de leche materna por parte de aquellas mujeres sanas, cuya producción de leche permita amamantar a su hijo y donar el excedente a aquellos niños que, por su patología, requieren internación”.

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