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Defensorías del Pueblo de Patagonia en contra del nuevo “tarifazo” del gas

jueves 28 de febrero de 2019
Defensorías del Pueblo de Patagonia en contra del nuevo “tarifazo” del gas

“Es tiempo de que el Estado Nacional tome nota de esta regresión. Las políticas implementadas no hicieron más que agravar las problemáticas que se pretendían superar.

Las coordenadas son claras, antiguas y están al alcance de la mano. Las autoridades deben acatar los principios regulatorios imperantes en nuestro país, los derechos fundamentales de los usuarios y las directivas internacionales en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Hace, al menos, cien años que esos principios han sido gestados, precisamente, para marcar límites al mercado. Desconocerlos evidencia una profunda ignorancia del derecho y la historia, no solo de Argentina, sino de occidente”, afirmó la Defensora del Pueblo de Rio Negro, Lic. Adriana Santagati.

Santagati representó a la Región Patagónica en la Audiencia Pública realizada el martes pasado en la Ciudad Autónoma de Bs.As. en donde se trató un nuevo cuadro tarifario, para el próximo semestre, del servicio público de gas que produjo generalizado rechazo en la población argentina, según expusieron representantes de distintas organizaciones sociales.

Dicho informe fue consensuado con otras Defensorías Provinciales del Pueblo, entre ellas Chubut cuyo titular es el Dr. Héctor Simionati, y también Defensorías Municipales del Pueblo en nuestra región patagónica, como las ciudades de Bariloche (RN) y Centenario (N).

“El Estado debe velar por los servicios públicos”

“Justamente, las palabras de la Corte Federal no han sido vanas al advertir que “el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria, con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, el perjuicio social provocado por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevada cuantía, pudiera calificarse de confiscatoria, en tanto detraiga de manera irrazonable una proporción excesiva de los ingresos del grupo familiar a considerar”, sostuvo la vocera patagónica.

“Por lo demás, no debe obviarse que un cálculo tarifario desmesurado o irrazonable generará altos niveles de incobrabilidad y terminará afectando al mentado financiamiento y, por vía de consecuencia de este círculo vicioso, a la calidad y continuidad del servicio”, adujo significativamente.

Exigencia del rol de ENARGAS

“Por todo lo expresado exigimos que el ENARGAS cumpla con el deber de proteger adecuadamente los derechos de los consumidores que le impone la Ley 24.076, teniendo en cuenta para ello que los consumidores tienen derecho a la prestación de este servicio a precios que resulten justos”, dijo Santagati.

“Los aumentos en el PIST generados a través de la modalidad fijada por la Secretaría de Energía ocasionarán graves e ilegítimos perjuicios a los usuarios, ya que la dolarización del precio en la adquisición del gas y el traslado de su costo a la tarifa final, de manera semestral, contradicen los principios de razonabilidad, gradualidad y racionalidad de las tarifas de servicios públicos que están en la base del marco jurídico de la actividad”, advirtió al respecto.

Necesaria revisión

“También solicitamos al ENARGAS la revisión de la Resolución N° 1700/2002 que autoriza a las empresas prestatarias del servicio público a trasladar en forma directa el costo del Impuesto a los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente, determinado en la Ley 25.413, a pesar de que la propia norma determine que dicho impuesto corresponde únicamente a los titulares de las cuentas bancarias”, expresó la representante sureña.
“Este tributo que se aplica a la tarifa de los usuarios resulta directamente ilegal, arbitrario e irrazonable, por cuanto, si bien el Estado en su relación con las empresas prestatarias del servicio público, por un lado resuelve la aplicación de un nuevo tributo; por el otro, autoriza a estas mismas empresas su traslado y costo directo -vía tarifa- a los usuarios, los que en definitiva resultan ajenos y terceros privilegiados de dicha relación tributaria, obviamente, no así en su abono”, aseveró.

Atención diferenciada para la Región Patagónica

“Desde la Región Patagónica requerimos al ENARGAS la atención diferenciada, ratificando el carácter de los servicios públicos como servicios esenciales y recordando que un servicio público esencial surge de las condiciones de tiempo y lugar de una sociedad determinada. Esto significa que, en la aprobación del cuadro tarifario para la Patagonia por parte del ENARGAS se deberá tener especial atención, ya que la restricción del servicio de gas por una tarifa desmesurada o irrazonable, atenta contra la integridad física y la supervivencia de las personas”, fue otro importante planteo expuesto en la audiencia pública sobre un nuevo incremento en la tarifa del gas.

 

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