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Le dictaron 4 años años de prisión a la propietaria del prostíbulo "Zulú"

miércoles 27 de febrero de 2019
Le dictaron 4 años años de prisión a la propietaria del prostíbulo "Zulú"

El pasado viernes 22 de febrero se efectuó la audiencia de presentación de juicio abreviado en una causa por facilitación y explotación económica ajena de la prostitución en el local “Zulu”, que tiene como condenada a Nora Edith Amaya. La imputada aceptó voluntariamente su participación y autoría en el hecho que se le imputa, como también la pena de cuatro años de prisión efectivos. Ambas partes solicitaron se homologue el acuerdo y el juez pasó a deliberar. Luego el presente miércoles pasado el mediodía dio a conocer su resolución que homologó el presente acuerdo abreviado.



Presidió el acto Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes María Laura Blanco -subrogando a Martín Cárcamo, fiscal general y Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía. Por su parte la defensa de Amaya fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular de la misma.

La imputada admitió voluntariamente todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en ilícitos calificados jurídicamente como autora de “facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos tres hechos en concurso real”. Los hechos acontecen entre el 2 de mayo de 2015 y el 25 de junio de 2015, dentro del local comercial cabaret “Zulu” donde Amaya era la propietaria. Allí posibilitó el ejercicio de la prostitución de al menos tres damas de sala. Asimismo explotó comercialmente el ejercicio de la prostitución ajena y percibió por anticipado el pago por servicios sexuales de las damas de sala. Amaya solicitó la aplicación del procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad penal y la pena de 4 años de prisión, la que se considera como adecuada por las características del hecho y el daño causado. También deberá someterse a un tratamiento psicológico y se considera su falta de antecedentes penales. La pena de 4 años será de cumplimiento efectivo y es razonable y proporcional al delito endilgado. Por último se renuncia a los plazos procesales de impugnación.

Respecto de la prueba existe en cantidad y calidad suficiente para tener a la imputada como autora del presente caso que se inicia en el Juzgado Federal local que luego declara su incompetencia ya que no se configuraba el delito de trata de personas. Existía consentimiento de las víctimas que se encontraban en el lugar por su propia voluntad, se estableció. El local comercial estaba habilitado por la Municipalidad y era administrado por la imputada, Amaya.

La defensa por su parte “ratificó en todos sus términos el acuerdo abreviado suscripto por mi asistida, como también su alcance y consecuencias”. Solicitando que el mismo sea homologado ya que es serio y debidamente fundado. Destacando como circunstancia atenuante la falta de antecedentes penales de Amaya y que no tiene causas en trámite.

Finalmente el juez pasó a deliberar y dio a conocer su resolución el presente miércoles 27 de febrero resolviendo homologar el acuerdo abreviado condenando a Nora Amaya a la pena de 4 años de prisión efectivos. Estableciendo como probados tanto la materialidad como la autoría del hecho en cabeza de la imputada. Considerándola autora de los delitos de “facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos tres hechos en concurso real”.

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