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Autorizan a YPF exportar gas natural a Chile

viernes 14 de diciembre de 2018
Autorizan a YPF exportar gas natural a Chile

El Gobierno de Argentina autorizó a Pampa Energía a exportar gas natural a la empresa Colbún en Chile, por hasta 730 millones de metros cúbicos provenientes de la Cuenca Neuquina, informó el jueves en el Boletín Oficial.

Desde el ministerio de Hacienda,  a través de la secretaría de Gobierno de Energía le otorgaron a YPF, una autorización para la exportación de gas natural a Chile, de carácter interrumpible, desde la Cuenca Neuquina (Áreas “El Portón y/o Loma La Lata – Sierra Barrosa”), con destino a Colbún S.A. por un volumen máximo de 1.500.000 metros cúbicos por día. La medida, fue comunicada este viernes en el Boletín Oficial, por resolución 262/2018.

De esta manera, desde el ámbito de Javier Iguacel autorizaron a YPF a exportar de gas natural de 9.300 kilocalorías por metro cúbico hasta el 1 de mayo de 2019, o hasta completar una cantidad máxima total equivalente al volumen de exportación diaria autorizada por la cantidad de días de vigencia de esta autorización desde su otorgamiento, lo que ocurra primero.

En tanto, los suministros previstos podrán ser interrumpidos a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno y deberá ser previamente notificada a la secretaría de Gobierno de Energía. En este sentido, los volúmenes de gas natural que se exporten como excedentes, serán contabilizados como parte del volumen total autorizado a exportar.

Asimismo, la medida prevé que la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectivizare la primera exportación comercial de gas natural, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º inciso del Decreto Nº 1.738 del 18 de septiembre de 1992.

Además, las modificaciones de las condiciones contractuales originales referidas a cantidades comprometidas, plazo de vigencia o precio de los contratos o documentos que sustenten las respectivas exportaciones, deberán ser sometidas a consideración de la  autoridad de aplicación con anterioridad a su vigencia efectiva.

De esta manera, YPF deberá informar mensualmente, con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados. Dicha información será entregada en cumplimiento de la Resolución Nº 319 del 18 de octubre de 1993 de la ex secretaría de Energía del ex ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

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