jueves 28 de marzo de 2024
16.9ºc Comodoro Rivadavia

Diputada propone eliminar la categoría “sexo” en la documentación oficial y privada

domingo 11 de noviembre de 2018
Diputada propone eliminar la categoría “sexo” en la documentación oficial y privada

La diputada nacional del PJ por Río Negro, Silvia Horne, presentó un proyecto de ley contra la Asignación Sexual Compulsiva que propone eliminar la categoría "sexo" en los documentos oficiales, incluido el DNI, y proteger la diversidad corporal. La iniciativa es impulsada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales y contó con la firma de los diputados del bloque del Movimiento Evita.

El proyecto de ley propone “eliminar la categoría de ‘sexo’ de cualquier documento público o privado; y garantizar la integridad, la autonomía y la diversidad corporal de todas las personas frente a intervenciones destinadas a modificar sus características sexuales para adecuarlas a los estándares médicos de asignación sexual o ‘normalidad’”.

El proyecto trabaja en profundidad la definición de distintas categorías

Por ejemplo, define la “falsa noción de sexo” como “la interpretación histórica, ideológica y cultural que se hace sobre ciertas diferencias anatómicas, especialmente, sobre la genitalidad y otras comúnmente denominadas características sexuales. Estas lecturas, que históricamente se han basado en paradigmas médicos/científicos, se suelen atribuir a la biología y se han asignado con carácter binario, existiendo como únicas posibilidades el binomio varón-mujer”.

También define a “género” como “la categoría construida cultural, ideológica y socialmente que pretende definir en cada momento histórico lo que se entiende por masculino y femenino, lo que es propio del varón y de la mujer y de las relaciones entre ambos. Esto comprende cualquier asignación de atributos socioculturales a las personas, tales como funciones, roles, responsabilidades e identidad, a partir de la falsa noción de sexo”.

El texto de la ley prohíbe “la inscripción de cualquier dato sobre la falsa noción de sexo y/o género de una persona en cualquier documento público o privado”. También señala que “a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las personas podrán solicitar la supresión del dato "sexo" en todo documento público o privado en donde conste”.

Integridad corporal

El proyecto impulsa la prohibición de “los tratamientos y procedimientos médicos forzados, coercitivos e involuntarios, invasivos y/o irreversibles, que modifiquen las características sexuales de una persona, con fines de asignación sexual”.

Además son “considerados tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, cualquier práctica, ley o política que permita intrusiones y/o tratamientos irreversibles sobre la base de la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género o las características sexuales, incluida la cirugía forzada de normalización genital, la esterilización involuntaria, la experimentación no ética, la exhibición médica, las terapias ‘reparadoras’ o de ‘conversión’, cuando se aplican o administran sin el consentimiento previo, libre e informado de la misma”.

Acceso a la salud

“Todas las personas tienen derecho a recibir a su solo requerimiento por todo el tiempo que resulte necesario, sin que resulte obligatorio, asesoramiento y tratamiento médicos y psicológicos por parte de un equipo interdisciplinario respetuoso de la diversidad corporal. Todos los efectores y subsectores del Sistema de Salud deben garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce, adoptando las medidas apropiadas para el resguardo de la intimidad de las personas atendidas”.

El texto de la ley establece la modificación de toda la legislación anterior, y la actualiza a los nuevos derechos consagrados en la ley que se impulsa.

Esta nueva legislación tiene como objeto “proteger los derechos humanos de todas las personas contra la asignación sexual compulsiva. Esto involucra dos ejes de protección, que son los dos objetos específicos del proyecto: la protección contra la asignación registral compulsiva de un ‘sexo’ y la protección contra la modificación compulsiva de ciertos rasgos bioanatómicos de la persona, que son aquellas características corporales que histórica, cultural y socialmente se han agrupado bajo el nombre de ‘características sexuales’. Dicha modificación compulsiva se suele materializar con intervenciones médicas”.

Te puede interesar
Últimas noticias