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Se aprobará la ley que regula el ejercicio profesional de Instrumentación Quirúrgica

lunes 24 de septiembre de 2018
Se aprobará la ley que regula el ejercicio  profesional de Instrumentación Quirúrgica
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La diputada Florencia Papaiani, preside Bloque “Frente de Agrupaciones PJ” recibió en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia al Subsecretario de Salud de la Provincia, Fabián Puratich, a la Directora de Fiscalización del Ministerio de Salud, Gloria Betancurt, a instrumentistas quirúrgicos de la zona, Jessica Redondo, Mariana Zarranz y Carolina Curzel  acompañados de la abogada Eva Beroiza a fin de avanzar en la redacción definitiva del proyecto de ley referido al marco regulatorio del ejercicio profesional de dicha actividad en el Chubut.



El proyecto de ley que fue oportunamente impulsado por el presidente del bloque PJ-FpV, Javier Touriñán, sufrió modificaciones en algunos de sus artículos y ayer en un nuevo encuentro, la diputada Papaiani confirmó que el jueves se  sancionará el proyecto de ley.

En sus articulados, se refiere al marco legal y regulatorio del Ejercicio Profesional de la Instrumentación Quirúrgica en la Provincia del Chubut, tanto en el ámbito público como en el privado, con una modalidad bajo relación de dependencia o de forma autónoma.

Se basa en la participación de los profesionales de la Instumentación Quirúrgica como integrantes activos del equipo quirúrgico de salud, y el fortalecimiento de las capacidades específicas, para asegurar la calidad prestacional de los servicios de atención, considerando los progresivos avances y el desarrollo en el manejo de las tecnologías de la salud.

Se considera el ejercicio profesional a la actividad que tiene por objeto asistir, controlar, supervisar el proceso de atención del paciente desde su ingreso al área quirúrgica hasta su egreso de la sala de recuperación post anestésica.

Según su formación, los profesionales de la instrumentación quirúrgica pueden ser, instrumentador quirúrgico, técnico superior en instrumentación quirúrgica, licenciado o títulos similares.

No podrán ejercer los profesionales que hubieran sido condenados a inhabilitación absoluta para el ejercicio profesional, los sancionados por el tribunal Etico Disciplinario del Ministerio de Salud, los que no posean títulos universitarios, los que poseyendo títulos no se hubieren matriculado.

Se podrá crear el Colegio o Asociación de Instrumentadores Quirúrgicos, hay un capítulo especial para los derechos y obligaciones,   de registro y matriculación y un régimen disciplinario que llega hasta la suspensión de la matricula.

 

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